miércoles, 3 de marzo de 2010

Ministra de Vivienda llama a usuarios a acogerse a ley de calidad por daños tras terremoto

La secretaria de Estado aseguró que el derecho ampara los dueños de inmuebles, agregando que los propietarios afectados deben acogerse a la Ley de aseguramiento a la calidad, la cual obliga a las inmobiliarias a responder por fallas estructurales por más de diez años, por cinco en otro tipo de fallas y tres años por terminaciones menores.

15 comentarios:

  1. SOBRE EL PAGO DEL DEDUCIBLE:::

    Estimados
    Junta de Vigilancia / Comite EJecutivo
    y Administracion BECZA

    PREVIO:::

    Al igual que toda la comunidad de Macul Plaza, debido al sismo del 27 de Enero mi departamento ha sufrido daños como grietas, descascaramiento de murallas, chapas dañadas, alarma inoperante, descuadre de puertas, papel mural dañado y filtraciones entre los pisos.

    Todo esto, sin duda, causa un "mal vivir" y condiciones "INSEGURAS" para todos.

    Como dato, compre mi departamento NUEVO el 30 de Diciembre 2009, y mas encima, debido a la demora de "POST-VENTA" me lo entregaron recien el 22 de Enero 2010, por lo cual me encuentro habitandolo recien desde el 01 de Marzo 2010. Ni siquiera he pagado el primer dividendo.

    Segun la inmobiliaria, ellos no se haran responsables de nuestros departamentos, por lo cual cada uno de nosotros debe hacer efectivo su propio "Seguro" asociado a el Credito Hipotecario.

    MI PROBLEMA::

    Hoy fui al Banco para hacer efectivo este tramite (SEGURO DL HIPOTECARIO)".

    Para mi sorpresa, al hacer efectivo este "Seguro", DEBO PAGAR UN DEDUCIBLE DE ENTRE 20 y 25 UF!!!!

    Creo que la mayoria de las personas de la comunidad tiene menos de 6 meses en los edificios, somos de clase media o media-baja, y estamos recien comenzando nuestro "sueño" de la casa nueva....y por lo tanto, me imagino que ninguno de nosotros esta en condiciones de PAGAR $450.000 por el arreglo de nuestro departamento NUEVO.

    Personalmente NO PUEDO PAGAR esa cantidad, por lo cual solicito que nos organicemos para OBLIGAR a la CONSTRUCTORA NOVATEC S.A GRUPO SALFA o a la INMOBILIARIA ABSAL que haga efectivo SU SEGURO, y no seamos nosotros los que cargemos con el gasto del deducible.

    OTRO TEMA; "GASTOS COMUNES"

    Les recuerdo ademas, que al momento del terremoto, se quebraron muchas cañerias, y por lo tanto el agua corrio durante toda la noche y ademas , los espacios comunes resultaron afectados.

    Creo que debemos SOLICITAR que NO SE HAGA EFECTIVO EL COBRO de los gastos COMUNES, o en su defecto, sea regularizado, ya que no podemos cargar con esos costos de filtraciones de "agua" o los seguros para "arreglar los espacios comunes".

    Por favor, sus comentarios,
    Saludos.

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  2. OJO, me he enterado que el "deducible" para hacer efectivo el seguro es del 1% del valor de la propiedad asegurada, con un "MINIMO" de 25UF, o sea 525.000!!!

    ¿¿¿Estan dispuestos a PAGAR ese monto por ARREGLAR su vivienda NUEVA????

    Sin duda, debemos OBLIGAR a que la CONSTRUCTORA NOVATEC S.A GRUPO SALFA o la INMOBILIARIA ABSAL se hagan responsable de esto. ¡¡Ellos deben pagar!!

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  3. No estoy segura pero al parecer por ley ellos deben responder por 2 o 3 años por las terminaciones, que es lo que corresponde reparar al interior de los departamentos. Yo tambien me inclino por hacer a la contructora o la inmobiliaria, responsable de reparar todos esos daños, por supuesto que no estoy dispuesta a pagar el deducible.

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  4. Durante la tarde me enviaron la póliza a mi correo y, al igual que ustedes, no me encuentro en condiciones de pagar esa cantidad de dinero, por favor hagamos todo lo posible para que la inmobiliaria o quién sea el responsable nos repare nuestros departamentos...
    Con respesto al mismo tema... escuché que les van a arreglar los departamentos a la gente que no tiene seguro... que les vá a costar arreglar el resto... si al fin y al cabo los daños en general no son mayores..
    Hago un llamado a que no cedamos en nuestra lucha y que nos mantengamos unidos para que todas las soluciones sean en igualdad de condiciones para todos.
    Saludos

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  5. Saben vecinos que ya todo me tiene cansada, estoy que tiro la esponja y que sea lo que Dios quiera, yo también fui hoy al banco BBVA a ver el asunto del seguro, por segunda vez, y para sorpresa mía el ejecutivo me indica que los seguros no cubren los datos interiores del departamento en lo que se refiere a pintura, papeles, alfombras, cerámicas, etc. SOLO daño estructural. Que quieren que les diga me bajó el indio y hablé bien fuerte que como era posible que esas cosas no las informaran cuando te indican que tienes que tomar un seguro y hasta cuando se burlan de las personas. Es cierto lo del deducible que puede ir de $ 500.000 al millón.
    Para sorpresa, al rato, me llaman del banco informando que SI cubre los daños interiores.
    Con esto apoyo totalmente lo que mencionan mis vecinos, tampoco estoy en condiciones de pagar un valor de esta naturalez, siendo que la responsabilidad es netamente exclusiva de la constructora con la inmobiliaria. Deberían tener consideración y pagar de todas maneras. Sigamos luchando de la mejor manera, que es la forma de conseguir mucho mas.

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  6. Estimados,
    A la luz de las cosas que pasaron ayer durante la reunión, veo que es necesario que se defina claramente el rol de la Junta de Vigilancia. Si bien es cierto, todos los tramites que se están llevando a cabo son necesarios, también en necesario entender que requerimos con urgencia tener claras las opciones con las que contamos. Sería de mucha utilidad que se nos informen de las alternativas de acción con las que contamos y cuáles son las ventajas y desventajas de cada una de ellas.

    Además, es de vital importancia también identificar cual es nuestro petitorio para la inmobiliaria y que es lo queremos lograr y en base a eso, sabremos cómo actuar. Queremos juicio, negociación, queremos que nos reparen los departamentos sin recurrir a seguros (por el tema de los deducibles y posibles alzas en las pólizas), queremos que nos devuelvan la plata, que nos den un departamento nuevo y un sin fin de opciones que he escuchado de boca de todos los vecinos.

    Es por esto que quisiera que en una próxima reunión (si va la inmobiliaria da lo mismo) definamos primero que es lo que queremos lograr y en base a eso, que la Junta de Vigilancia se dé un plazo para reunir la información de las opciones que nos pueden llevar a lograr nuestro objetivo y con esto en manos decidamos el curso de común acuerdo. Luego de eso la junta debe tener la autonomía para redactar documentos y realizar trámites y que todo documento antes de ser entregado oficialmente al destinatario sea enviado por correo electrónico a los propietarios con un plazo de 2 días para las observaciones y luego se entregué a quien corresponda.

    Como les dije, es un punto de vista, pero creo que es una forma de llevar un orden en esto y así no seguir enfrascándonos en peleas (como las de ayer) que al final hacen que cada uno tenga una opinión y por consiguiente abre la posibilidad de que se empiecen a dispersar los esfuerzos y nos tenga a todos los vecinos luchando sólo por su lado.

    Saludos,
    Braulio Santibáñez Núñez
    Yenifer Palma Otarola
    Departamento 202-A
    Edificio Macul Plaza.

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  8. Dentro de las consideraciones vistas por el comité de vigilancia me parece acertada la acotación de saber o definir el objetivo, ya que existen varias opciones por cada uno de los propietarios.

    El hecho es que de no alinear un objetivo común o buscar alternativas de solución que se nos entreguen, terminaremos con problemas internos y con un sin numero de personas ofuscadas tanto por los hechos ocurridos como por la misma organización que hemos realizado.

    Lo ideal y no creo equivocarme es que al permanecer reunidos con un fin hará que las soluciones se presenten con mayor rapidez. Es por esto que comparto la idea de definir cual es el objetivo que se esta buscando.

    Que nos reparen los departamentos sin recurrir a seguros (por el tema de los deducibles y posibles alzas en las pólizas)
    Que nos devuelvan nuestra inversión
    Que se nos entregue otro departamento nuevo
    Otras.

    Estas son simplemente ideas pero debemos cuádranos y focalizar los esfuerzos.

    Saludos.
    Mario Roa
    Macarena Rodriguez
    Departamento 905-B

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  9. Yo no he podido ir a las reuniones...mi trabajo me lo impide en este minuto...pero a la del domingo fué mi padre.
    Lo primero que le pregunté fué cual era el fin que se buscaba, tal como mencionan más arriba, devolución, un departamento nuevo, arreglos por parte de la constructora, etc.. pero me comentó que no se tocó ese tema....
    Lo principal es saber el objetivo..si todos estan de acuerdo buscar la forma para lograrlo...
    Saludos

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  10. ¿Se realizará una reunión mañana sábado?
    Creo que es necesaria, por lo que veo hay sólo comentarios de propietarios y de parte de la Junta no se ha publicado nada.
    Propongo que se realice una reunión (de preferencia sábado o domingo para que asista la mayoría) para resolver los puntos mencionados y ponernos al tanto de los avances.

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  11. OJO: LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION
    CAPITULO III
    De los profesionales

    Artículo 18.- El propietario primer vendedor de una construcción será responsable por todos los
    daños y perjuicios que provengan de fallas o defectos en ella, sea durante su ejecución o
    después de terminada, sin perjuicio de su derecho a repetir en contra de quienes sean
    responsables de las fallas o defectos de construcción que hayan dado origen a los daños y
    perjuicios. En el caso de que la construcción no sea transferida, esta responsabilidad recaerá en
    el propietario del inmueble respecto de terceros que sufran daños o perjuicios como consecuencia
    de las fallas o defectos de aquélla.

    Los proyectistas serán responsables por los errores en que hayan incurrido, si de éstos se
    han derivado daños o perjuicios.

    Sin perjuicio de lo establecido en el Nº 3 del artículo 2003 del Código Civil, los
    constructores serán responsables por las fallas, errores o defectos en la construcción, incluyendo
    las obras ejecutadas por subcontratistas y el uso de materiales o insumos defectuosos, sin
    perjuicio de las acciones legales que puedan interponer a su vez en contra de los proveedores,
    fabricantes y subcontratistas.

    Las personas jurídicas serán solidariamente responsables con el profesional competente
    que actúe por ellas como proyectista o constructor respecto de los señalados daños y perjuicios.

    El propietario primer vendedor estará obligado a incluir en la escritura pública de
    compraventa, una nómina que contenga la individualización de los proyectistas y constructores a quienes pueda asistir responsabilidad de acuerdo al presente artículo. Tratándose de personas jurídicas deberá individualizarse a sus representantes legales. Las condiciones ofrecidas en la publicidad se entenderán incorporadas al contrato de compraventa. Los planos y las especificaciones técnicas, definitivos, como asimismo el Libro de Obras a que se refiere el artículo 143, se mantendrán en un archivo en la Dirección de Obras Municipales a disposición de los interesados.

    La responsabilidad civil a que se refiere este artículo, tratándose de personas jurídicas que
    se hayan disuelto, se hará efectiva respecto de quienes eran sus representantes legales a la fecha de celebración del contrato.

    Las acciones para hacer efectivas las responsabilidades a que se refiere este artículo
    prescribirán en los plazos que se señalan a continuación:

    1. En el plazo de diez años, en el caso de fallas o defectos que afecten a la estructura
    soportante del inmueble.

    2. En el plazo de cinco años, cuando se trate de fallas o defectos de los elementos
    constructivos o de las instalaciones.

    3. En el plazo de tres años, si hubiesen fallas o defectos que afecten a elementos de
    terminaciones o de acabado de las obras.

    En los casos de fallas o defectos no incorporados expresamente en los numerales
    anteriores o que no sean asimilables o equivalentes a los mencionados en éstos, las acciones prescribirán en el plazo de cinco años.

    Los plazos de prescripción se contarán desde la fecha de la recepción definitiva de la obra
    por parte de la Dirección de Obras Municipales, con excepción del señalado en el número 3, que
    se contará a partir de la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

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  12. Quizas otra buena solucion es que la inmobiliaria se hiciera cargo de los deducibles de todos los propietarios con seguro, puede considerarse dentro de las alternativas.

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  13. Les comento los puntos a tratar por nuestra Junta de Vigilancia:

    Requerimientos:

    1. Los daños producidos al interior de los departamentos, deben
    ser a costo de la Inmobiliaria Absal.

    2. Solicitará a la brevedad, el informe técnico definitivo del ingeniero calculista del edificio, que respalde con antecedentes técnicos, tales como mediciones y evaluaciones técnicas, la calidad estructural de nuestros edificios.

    3. Se consultará, el por qué la constructora ha comenzado las reparaciones en el subterráneo de la torre B, sin existir aún, el informe definitivo del ingeniero calculista.

    Ademas , creo que tambien se tratara el tema de la seguridad, ya que no hay un buen control del acceso a la comunidad Macul Plaza.

    Saludos.

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  14. Cuando es la próxima reunión??? En el subterráneo de la Torre A también trabajaron en los pilares

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  15. Entregaron fecha de termino por los daños estructurales "leves" ?????

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